1.
(Exp. 232160-000638-19) - Asunto: Facultad de Ciencias Sociales- Representante Alterno y licencia
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 686.19
P. de R.:
1) Tomar conocimiento de la resolución adoptada por el Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales en sesión extraordinaria de 11 de julio de 2019, por la que designa al Prof. Tomás Sartorio como Representante Alterno de la Decana ante este Consejo Directivo Central, antecedentes que lucen en el distribuido N° 686.19.
2) Conceder licencia a la Consejera Carmen Midaglia por la sesión ordinaria del día de la fecha y convocar a su suplente respectivo Prof. Tomás Sartorio.
2.
(Exp. 004010-001814-19) - Asunto: Comisión Académica de Posgrado - Mesa del CDC - Nuevo Marco Institucional
Distribuido Nro: 680.19
P. de R.:
VISTO: La nota elevada al Consejo Directivo Central por la Comisión Académica de Posgrado, solicitando la definición de un nuevo marco institucional para su funcionamiento.
CONSIDERANDO: 1) La relevancia de las políticas institucionales de promoción y consolidación de posgrados de calidad en la Universidad de la República;
2) Los sustantivos avances en la implementación de diversas líneas programáticas impulsadas desde la CAP;
3) La variedad de programas gestionados y la magnitud de los recursos que administra la CAP;
ATENTO: a los antecedentes que lucen en el distribuido N° 680.19:
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, RESUELVE:
a. Crear una Comisión ad hoc para realizar una propuesta al CDC de cambio en el diseño institucional de las políticas vinculadas a los posgrados universitarios;
b. La Comisión será integrada por:
1) un delegado por Orden y Áreas, con sus respectivos alternos.
2) un representante del equipo de Rectorado, con voz pero sin voto.
3) un representante con voz pero sin voto de la CAP, con su respectivo alterno.
c. La Comisión deberá elevar al CDC una propuesta en un plazo de dos meses.
3.
(Exp. s/n) - Asunto: Rectorado - Propuesta
Distribuido Nro: 706.19
P. de R.:
Visto: i) que este Consejo Directivo Central con fecha 26 de marzo de 2019 resolvió encomendar al Sr. Rector en consulta con la Comisión Central sobre Prevención y Actuación ante el Acoso y la Discriminación, que elabore una propuesta de diseño institucional, incluyendo la revisión del actual protocolo de actuación sobre los casos de acoso, violencia y discriminación;
ii) el importante trabajo que viene realizando la Comisión Central sobre Prevención y Actuación ante el Acoso y la Discriminación desde el año 2013, funcionando en ocasiones como única respuesta central ante esta problemática;
iii) la reciente instalación del Equipo Técnico previsto en el protocolo vigente;
Considerando: i) que el proceso de elaboración y revisión encomendado se encuentran en marcha;
ii) la necesidad que la Universidad de la República continúe construyendo mecanismos para la promoción de prácticas cotidianas de integración de las diferencias en las relaciones de trabajo, docencia y estudio, así como el procesamiento de las denuncias en cuanto a acoso, violencia y discriminación;
iii) la necesidad de reafirmar que los dispositivos utilizados al respecto brinden garantías, certezas y preserven la dignidad y privacidad de las personas involucradas;
iv) que es oportuno -de manera transitoria mientras se procesa la discusión- sumar mecanismos de atención que complementen la respuesta institucional de la Universidad;
El Consejo Directivo Central, resuelve:
1- Fortalecer la conformación del Equipo Técnico responsable, a fin de abordar las denuncias efectuadas en cuanto a acoso, violencia y discriminación, encomendando al Sr. Rector realice las extensiones horarias y/o contrataciones que correspondan.
2- Establecer de manera transitoria y complementaria un mecanismo informal alternativo, con el objeto de ampliar nuestra capacidad de respuesta, de dotar de la mayor celeridad a los procedimientos utilizados y mientras se elaboran nuevas propuestas de mejora:
a) Que además de los mecanismos previstos en el protocolo vigente, se habilitará al Equipo Técnico a recepcionar y procesar directamente consultas y denuncias en cuanto a acoso, violencia y discriminación, incluyendo el brindar asesoramiento, dar apoyo y garantizar el debido tratamiento de cada caso de denuncia, asegurando las totales garantías de confidencialidad, quedando a criterio de la persona afectada la opción por uno u otro mecanismo.
b) Habilitar al Equipo Técnico a asesorar a las autoridades de los diferentes Servicios y dependencias de la Universidad de la República en los casos de denuncia que se realicen, manteniendo la reserva del caso, al mismo tiempo que guardando un debido registro de sus actuaciones,
c) Habilitar al Equipo Técnico a realizar recomendaciones técnicas -por escrito- a las autoridades de los servicios, quienes deberán tomar las medidas pertinentes para la resolución de las diferentes situaciones. El Equipo Técnico informará a la Comisión Central sobre Prevención y Actuación ante el Acoso y la Discriminación de manera innominada cada vez que emita una recomendación.
d) Recordar que es derecho de la persona que inicie el mecanismo convocar al/la delegado/a gremial correspondiente, así como detener el proceso en cualquier momento.
e) Establecer que lo previsto en este numeral tiene efecto hasta la aprobación de un nuevo protocolo.
3- Encomendar a la Unidad Comunicación de la Universidad de la República y al Servicio Central de Informática Universitaria la creación de un recurso web para facilitar la comunicación de las y los interesados con el Equipo Técnico.
4- Establecer que en la primera sesión ordinaria de noviembre de 2019 el Consejo Directivo Central considere los avances institucionales en la temática.
5- Dar la más amplia difusión.
4.
(Exp. s/n) - Asunto: Rectorado - Propuesta de Ordenanza para el uso de los fondos de libre disponibilidad
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 707.19
P. de R.:
Atento a la propuesta de Ordenanza para el uso de los Fondos de libre disponibilidad presentada por el Rectorado, integrar un Grupo de Trabajo con representantes de Áreas y de Ordenes a los efectos de su consideración y de recibir las propuestas y opiniones que se hagan llegar al respecto, antecedentes que lucen en el distribuido N° 707.19.
5.
(Exp. 004010-001590-19) - Asunto: C.A.P. - Dirección General de Planeamiento - definición de indicadores de la actividad de Posgrados en la UdelaR
Distribuido Nro: 651.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto conjuntamente por la Comisión Académica de Posgrado y el Grupo de Trabajo de Indicadores de Investigación y Posgrado que coordina la Dirección General de Planeamiento y a lo informado por la Dirección General Jurídica, aprobar las definiciones relativas a la posibilidad de generar indicadores que permitan determinar la oferta de posgrado en la Universidad de la República, cuyos textos, antecedentes y ajustes lucen en el distribuido Nº 651.19.
6.
(Exp. 151129-003178-19) - Asunto: CPP - Propuesta
Distribuido Nro: 703.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por la Comisión Programática Presupuestal y al informe favorable sobre disponibilidad, antecedentes que lucen en el distribuido N° 703.19:
- Autorizar la asignación por el ejercicio 2019 al Hospital de Clínicas de la suma de $ 15:000.000, con cargo a Partidas Disponibles 2019;
- Disponer que dicho importe se descuente en la Apertura Presupuestal 2020;
- Cometer al Hospital de Clínicas la reestructuración de su Plan de Obras del próximo ejercicio presupuestal, a efectos de cubrir el financiamiento del déficit generado.
7.
(Exp. s/n) - Asunto: CPP - Propuesta
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 704.19
P. de R.:
Atento a lo solicitado por el Area Social-Artística y a lo prouesto por la Comisión Programática Presupuestal, consolidar en Sueldos Docentes el Monto de $ 2.139.560 (Pr. 1.1.19) asignado a dicha Area por el Proyecto Institucional 1.5 "Formación Didáctica de Docentes Universitarios", disponiendo su inclusión en la Apertura Presupuestal 2020 de acuerdo al siguiente detalle; antecedentes que lucen en el distribuido N° 704.19:
Cifras en $ - precios 01/01/2029
Facultad | Monto |
Derecho | 427.912 |
Ciencias Sociales | 427.912 |
Humanidades y Ciencias de la Educación | 427.912 |
Ciencias Económicas y de Administración | 427.912 |
Información y Comunicación | 427.912 |
Total | 2.139.560 |
8.
(Exp. 001010-000626-18 y adj.) - Asunto: Dirección General de Personal - llamado para cargo de Director del SECIU.
Distribuido Nro: 656.19
Distribuido Nro: 662.19
P. de R.:
1) Aprobar la descripción del cargo y las bases del llamado abierto para la provisión del cargo de Director del Servicio Central de Informática Universitaria (Esc. R, Gº 31), cuyo texto y antecedentes lucen en el distribuido Nº 656.19.
2) Autorizar la realización del llamado respectivo.
3) Designar para integrar la Comisión Asesora a las siguientes personas: Héctor Cancela, Gregory Randall y Claudio Gutiérrez.
9.
(Exp. 004010-001873-19) - Asunto: Comisión Central de Dedicación Total comunica inquietud
Distribuido Nro: 690.19
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
10.
(Exp. 001000-002190-19) - Asunto: Vice Rector - Propuesta de Integración de la UdelaR a la ANSO
Distribuido Nro: 691.19
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
11.
(Exp. 001000-002318-19) - Asunto: Rectorado - Representación ante Consejo Consultivo e Enseñanza Terciaria Privada.
Distribuido Nro: 692.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Señor Rector y a lo dispuesto por el segundo párrafo del Artículo 27° del Decreto N° 104/014 de 28/4/14, proponer en nombre de la Universidad de la República a las siguientes personas para integrar el Consejo Consultivo de Enseñanza Terciaria Privada, en las calidades que se indica, antecedentes que lucen en el distribuido N° 692.19:
Titular: Fernando García Prechac
Suplente: Alicia Failde
Titular: Luis Calegari
Suplente: Panambí Abadie
Titular: Miguel Serna
Suplente: Pablo Monzón
12.
(Exp. 013000-001008-19) - Asunto: CDGAP - Propuesta de Modificación de normativa
Distribuido Nro: 580.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Pro Rector de Gestión Administrativa, a lo informado por la Dirección General Jurídica y a lo sugerido por el Consejo Delegado de Gestión Administrativa y Presupuestal, antecedentes que lucen en el distribuido N° 580.19:
1 - Modificar los Artículos 5°, 8° y 16° de la Ordenanza de Concursos para la provisión de Cargos No Docentes, los que en consecuencia quederán redactados como sigue:
"Artículo 5°.- Clases de concursos. Los concursos podrán ser de antecedentes, de antecedentes y pruebas y de pruebas según se disponga en las Bases respectivas.
Los concursos de ingreso en cada carrera administrativa serán de pruebas o de antecedentes y pruebas.
Cada aspiración contendrá una relación documentada o declaración jurada de antecedentes, según lo determinen las Bases. En el caso de declaración jurada, el Tribunal de Concurso interviniente podrá requerir al aspirante que presente la documentación probatoria correspondiente.
Cuando las Bases determinen el sistema de la declaración jurada, y la provisión del cargo requiera título profesional, en el plazo previsto para la presentación de esa declaración, el postulante deberá acreditarlo documentalmente. Asimismo, en el mismo plazo, el postulante deberá probar en forma documentada aquellos requisitos que las Bases u otras disposiciones normativas exijan para su provisión y desempeño.
La sola postulación al concurso supondrá el consentimiento del titular a los efectos de que la Administración gestione y obtenga de las correspondientes Instituciones y organismos nacionales o extranjeros, públicos -incluida la propia Universidad de la República- o privados, la documentación respaldatoria de los requisitos exigidos, así como de los méritos y antecedentes alegados, siempre que exista una previsión en tal sentido en las Bases del respectivo proceso de selección.
Las bases de los concursos serán aprobadas por el Consejo Directivo Central.
Al momento de la preinscripción por Internet, a través del sistema de gestión de concursos, el interesado deberá declarar que conoce dichas bases y la descripción del cargo."
"Artículo 8°.- Integrantes del Tribunal. Nómina de Inscriptos. Antecedentes. Los miembros del Tribunal y la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las Bases, serán notificados a los postulantes, en la forma que dispongan las respectivas Bases del Concurso.
A partir del quinto día hábil siguiente de vencido el plazo previsto para la presentación de la declaración jurada o la entrega de la documentación respaldante de los requisitos y de los méritos y antecedentes alegados (artículo 5), esas actuaciones se pondrán de manifiesto por el término de dos días hábiles."
"Artículo 16.- Procedimiento Electoral. Concursos de Ascenso. El representante de los aspirantes en los Concursos de Ascenso, será electo mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Al momento que el postulante presente la declaración jurada o la documentación respaldante de los requisitos fijados, así como de los méritos y antecedentes (artículo 5), se le notificará la fecha, lugar y horario en que se recepcionarán los votos, así como del procedimiento descripto en este artículo.
En el local donde se reciban las votaciones, en forma visible y accesible a todos los postulantes, estarán disponibles: las nóminas de los inscriptos que reúnen los requisitos establecidos en las Bases y, en consecuencia, habilitados para participar en la elección del representante; y nómina de miembros del Tribunal designados por el Consejo Directivo Central.
Los funcionarios receptores de votos deberán controlar la identidad del postulante elector. Fecho, el concursante procederá a firmar una planilla acreditando su asistencia.
Inmediatamente, tomará una tarjeta disponible y estampará de su puño y letra el nombre de la persona que escoge como representante, agregando aquellos datos que faciliten la identificación del candidato, e introduciendo su voto en la urna correspondiente.
Concluido el horario fijado para la recepción de votos, en presencia de los miembros del Tribunal designados por el Consejo Directivo Central, funcionarios del Departamento Concursos y de los concursantes presentes, se abrirán las urnas. Los miembros del Tribunal realizarán el conteo, dejando constancia de ello en una planilla de votación.
Será electo titular aquel candidato que obtenga la mayor cantidad de votos y suplente el que le siga en número de votos. En caso de empate, se determinará por sorteo entre quienes hubieren recibido el mismo número de votos, el nombre del titular y suplente. Fecho, los miembros del Tribunal designados por el Consejo Directivo Central, proclamarán el nombre del candidato electo y de su suplente, previo control del Departamento Concursos respecto a si el candidato electo cumple con los requisitos establecidos por el artículo 15 de la Ordenanza de Concursos para la Provisión de Cargos No Docentes.
En caso de no resultar electo en dicho acto el representante de los concursantes y su suplente respectivo, el Consejo Directivo Central procederá a completar la integración del Tribunal."
2 - Modificar los Artículos 1° y 5° del Reglamento para la provisión y renovación de cargos que requieren renovación permanente de conocimientos técnicos, los que en consecuencia quedarán redactados como sigue:
"Artículo 1°.- Cada aspiración contendrá una relación documentada o declaración jurada de méritos y antecedentes, según se determine en las Bases del respectivo Llamado. En el caso de declaración jurada, la Comisión Asesora o Tribunal de Concurso interviniente podrá requerir al aspirante que presente la documentación probatoria correspondiente.
Cuando las Bases determinen el sistema de la declaración jurada, y la provisión del cargo requiera título profesional, en el plazo previsto para la presentación de esa declaración, el postulante deberá acreditarlo documentalmente. Asimismo, en el mismo plazo, el postulante deberá probar en forma documentada aquellos requisitos que las Bases u otras disposiciones normativas exijan para su provisión y desempeño.
La sola postulación al concurso supondrá el consentimiento del titular a los efectos de que la Administración gestione y obtenga de las correspondientes Instituciones u organismos nacionales o extranjeros, públicos -incluída la propia Universidad de la República- o privados, la documentación respaldatoria de los requisitos exigidos, así como de los méritos y antecedentes alegados, siempre que exista una previsión en tal sentido en las Bases del respectivo proceso de selección.
En el caso de que en el rubro Conocimiento se tomen en cuenta las ideas, iniciativas, estudios y ejecución de programas de significación, en cuyo desarrollo haya participado el aspirante, siempre se le requerirá la respectiva documentación acreditante, conforme a lo previsto en el artículo 5 in fine de este Reglamento, incluso en el caso de que se hubiere optado por el sistema de la declaración jurada de méritos y antecedentes."
"Articulo 5°.- Los puntajes que serán adjudicados por los diferentes ítems correspondientes a méritos y antecedentes, estarán especificados en las bases.
Los méritos serán considerados cuando tengan relación con el cargo por el cual se concursa.
El puntaje máximo que se podrá otorgar a los méritos será de 100 puntos. Los distintos ítems deberán estar agrupados en dos grandes rubros: Experiencia y Conocimientos. El puntaje máximo que se pueda adjudicar por Experiencia no será mayor de 50 puntos.
El rubro Experiencia incluirá los cargos desempeñados en la actividad privada o en la Administración Pública, ya sea en la Universidad o fuera de ella. Se considerará entre otros elementos el carácter de los cargos ocupados, el período de ejercicio de los mismos, la forma de ingreso o ascenso, las calificaciones, evaluaciones o los legajos si los hubiere y una breve descripción de las tareas desempeñadas. También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos, la actuación universitaria en órganos de gobierno universitario, comisiones u otros antecedentes.
El rubro Conocimiento incluirá, los títulos, certificados de estudio y cursos de especialización relacionados con el cargo. Los premios, publicaciones y trabajos. La participación en Congresos teniendo en cuenta el carácter de dicha participación.
Asimismo podrá incluirse, entre otros aspectos, las ideas, iniciativas, estudios y ejecución de programas de significación, en cuyo desarrollo haya participado el aspirante, de acuerdo a la documentación y los informes de la autoridad correspondiente."
3 - Disponer la publicación de los numerales anteriores en el Diario Oficial.
13.
(Exp. 011000-000927-19 y adjs.) - Asunto: CDGAP propuesta de modificación normativa
Antecedentes: Se remiten
Distribuido Nro: 265.19
Distribuido Nro: 693.19
Distribuido Nro: 694.19
Distribuido Nro: 695.19
P. de R.:
Atento a lo oportunamente sugerido por el Pro Rector de Gestión Administrativa con el Asesoramiento de la Dirección General Jurídica y a lo solicitado y consecuentemente propuesto por el Consejo Delegado de Gestión Administrativa y Presupuestal, antecedentes que lucen los distribuidos: Nos. 265.19, 693.19, 694.19 y 695.19:
1 - Modificar el artículo 5° de la Ordenanza de Licencias que en consecuencia quedará redactado como sigue:
"Artículo 5°- La licencia se hará efectiva dentro del año, a contar desde el vencimiento del último período de trabajo que origina el derecho a la misma sin perjuicio de lo establecido en el artículo siguiente. Se entenderá que se cumple con el requisito anterior, cuando, a solicitud del funcionario, el inicio de la licencia tiene comienzo en dicho período y continúa con forma ininterrumpida en el año inmediato siguiente.
Podrán otorgarse en un solo período continuado o en forma fraccionada. En el segundo caso, una de las fracciones siempre debe suponer la mitad de la licencia ordinaria (sin considerar la antigüedad ni los incentivos). El resto de la licencia podrá tomarse sin exigencia de mínimos ni máximos, siempre que ello no resienta necesidades de servicio".
2 - Disponer su más amplia difusión y publicación en el Diario Oficial.
14.
(Exp. 001000-002254-19) - Asunto: Crysol solicita apoyo para iniciativa
Distribuido Nro: 696.19
P. de R.:
Brindar el apoyo de la Universidad de la República a la iniciativa planteada por la Asociación de ex-pres@s polític@s del Uruguay (Crysol) para la construcción de un memorial que recuerde y homenajee a todas las mujeres que jugaron un papel destacadísimo durante el largo proceso de lucha popular en el país a partir del 13 de junio de 1968, antecedentes que lucen en el distribuido N° 696.19.
15.
(Exp. s/n) - Asunto: Red Temática de Género comunica manifestación pública
Distribuido Nro: 697.19
P. de R.:
Tomar conocimiento de la declaración emitida y divulgada por la Red Temática de Género de nuestra Universidad por la que manifiesta su preocupación ante la instancia que busca derogar la Ley Integral para Personas Trans Nº 19684 de 19.1018, cuyo texto luce en el distribuido Nº 697.19
16.
(Exp. 011900-000141-19) - Asunto: CEIA - Resultado de llamado
Distribuido Nro: 698.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por la Comisión de Evaluación Institucional y de Acreditación y al informe favorable sobre disponibilidad, antecedentes que lucen en el distribuido N° 698.19:
1 - Aprobar el resultado de la convocatoria 2019 (1° llamado) al Programa de Evaluación Institucional de acuerdo al detalle que luce en el mencionado distribuido.
2 - En consecuencia aprobar el inicio de la Evaluación Interna de las Facultades de Ciencias, Ciencias Sociales, Ingeniería, Medicina e Información y Comunicación y del Centro Universitario Regional Litoral Norte, asignado a cada uno de ellos el monto equivalente a un docente Coordinador de la Autoevaluación (Esc. G, G° 3, 40 hs.), con financiación 2019 los primeros seis meses y financiación 2020 los restantes seis meses.
3 - Cometer a la División Contaduría Central la realización de las trasposiciones correspondientes y a la Dirección General de Planeamiento su confirmación.
4 - Avalar el documento presentado por la CEIA que detalla las etapas a recorrer en cada Servicio para la Evaluación Institucional, que forma parte del mencionado distribuido.
17.
(Exp. 011000-001295-19 - Asunto: Reforma Constitucional "Vivir sin Miedo"
Antecedentes: Faltan designar Áreas Social-Artística y de Tecnologías y Ciencias de la Naturaleza y el Hábitat
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
18.
(Exp. 006382-000065-19) - Asunto: Designación de representantes a Comisión Asesora de Bienestar Universitario
Antecedentes: Falta designar representantes de órdenes
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
19.
(Exp. 011000-001922-19) - Asunto: Integración de Comisión de Seguimiento y Planificación del POM&LP
Antecedentes: Falta designar representantes Docente y Estudiantil
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
20.
(Exp. 011000-000900-19 y adjs.) - Asunto: Integración de Grupo de Trabajo sobre Cuidados (integrado)
Antecedentes: Falta designar representante del Orden de Egresados
Se remiten
Distribuido Nro: 264.19
Distribuido Nro: 403.19
Distribuido Nro: 457.19
Distribuido Nro: 501.19
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
21.
(Exp. 011000-003865-18 y adj.) - Asunto: Integración de la Comisión de Inclusión
Antecedentes: Faltan designar orden Estudiantil y los Servicios del Interior(1)
Se remiten
Distribuido CDC. Nro: 144.18
Distribuido CDC. Nro: 263.19
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
22.
(Exp. 011000-001789-19) - Asunto: Integración de la Comisión de Estudios en Privación de Libertad
Antecedentes: Falta designar representante CCI
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
23.
(Exp. 011000-004334-18) - Asunto: Integración de Comisión de Estudio de Protocolos de Vigilancia
Distribuido Nro: 699.19
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
24.
(Exp. 006382-000196-19) - Asunto: Designación de Representantes ante Comisión Nacional de Becas
Distribuido Nro: 678.19
P. de R.:
1. Dejar sin efecto la resolución N° 20 adoptada por el Consejo Directivo Central en sesión de fecha 26 de noviembre de 2013, referente a la integración de representantes de la Universidad de la República ante la Comisión Nacional de Becas.
2. Atento a lo propuesto por el Servicio Central de Bienestar Universitario, designar las siguientes personas como representantes de la Universidad de la República ante la Comisión Nacional de Becas, por el período 1° de agosto de 2019 a 31 de julio de 2021, antecedentes que lucen en el distribuido N° 678. 19:
Titular
- Gabriela Pacci
Suplente
- Claudia Correa.
3. A consideración del Consejo Directivo Central, designación de representantes estudiantiles.
25.
(Exp. 004010-001849-19) - Asunto: CSIC propone representantes universitarios
Distribuido Nro: 700.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por la Comisión Sectorial de Investigación Científica designar al Dr. Gonzalo Tancredi (Titular) y al Dr. Gabriel Usera (Suplente) para integrar en representación de la Universidad de la República la Comisión Ad-hoc creada para delinear políticas de uso y gestión del Centro Nacional de Supercomputación Cluster-UY, antecedentes que lucen en el distribuido N° 700.19.
26.
(Exp. 161115-000096-19) - Asunto: Área Social y Artística - designación de representante alterno
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 701.19
P. de R.:
Designar al Sr. Gonzalo Figueiro como representante alterno del Área Social y Artística ante la Comisión Directiva del Espacio Interdisciplinario, antecedentes que lucen en el distribuido N° 701.19
27.
(Exp. 161115-000109-19) - Asunto: Área Social y Artística - designación de representante
Distribuido Nro: 702.19
P. de R.:
Designar a la Sra. Hedy Montenegro como delegada alterna del Área Social y Artística para integrar la Comisión que estudiará las bases para concursos de ascenso de la UdelaR, antecedentes que lucen en el distribuido N° 702.19
28.
(Exp. 004010-003028-18) - Asunto: C.S.I.C. - resultado de llamado - Fortalecimiento de Equipamiento de Investigación
Antecedentes: Se remitirá oportunamente
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
29.
(Exp. 004010-002276-18) - Asunto: C.S.I.C. - resultado de llamado - Apoyo a Publicaciones
Antecedentes: Se remitirá oportunamente
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
30.
(Exp. 004010-001945-19) - Asunto: C.S.I.C. - propuesta de Apoyo a Publicación Regional
Antecedentes: Se remitirá oportunamente
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
31.
(Exp. 311170-000956-19) - Asunto: CENUR Litoral Norte - Facultad de Ingeniería - designación de delegados para integrar el Comité Académico del Diploma de Matemática ANEP-UDELAR
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 688.19
P. de R.:
Atento a lo sugerido por la Dirección del Departamento de Matemática y Estadística del Litoral, a lo propuesto por los Consejos del Centro Universitario Regional Litoral Norte y de la Facultad de Ingeniería y a lo dispuesto por el Reglamento del Diploma conjunto ANEP-UdelaR de Matemática, designar a los Sres. Federico Dalmao Artigas y Jorge Groisman como representantes de la Universidad de la República para integrar el Comité Académico de dicho Diploma, en lugar de los Sres. Marcelo Lanzilotta y José Vietez, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 688.19.
32.
(Exp. 001000-002238-19) - Asunto: Rectorado - designación de representante ante Grupo de Trabajo Educación y Migrantes
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 687.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Sr. Rector, designar a la Sra. Virginia Villalba como representante del Rectorado ante el Grupo de Trabajo Educación y Migrantes, que se inscribe en la órbita del Sistema Nacional de Educación Pública, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 687.19.
33.
(Exp. 111163-000253-19) - Asunto: Área de Tecnologías y Ciencias de la Naturaleza y el Hábitat - designación de Lucía Perdomo como Secretaría Académica
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 689.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Área de Tecnologías y Ciencias de la Naturaleza y el Hábitat y al informe sobre disponibilidad, designar a la Sra. Lucía Belén Perdomo Vega como Secretaria Académica de la misma (Esc. G, Gº 4, 30 hs.), por el período 1º de agosto de 2019 a 31 de marzo de 2020, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 689.19.
34.
(Exp. 041050-000153-19 y adjs.) - Asunto: Facultad de Ciencias Económicas y de Administración - Sergio Barszcz
Distribuido Nro: 705.19
P. de R.:
35.
(Exp. 050011-004064-18) - Asunto: Facultad de Derecho - recurso jerárquico interpuesto por la Dra. Fernanda González
Distribuido Nro: 664.19
P. de R.:
36.
(Exp. 070011-000240-19) - Asunto: Facultad de Medicina - recurso jerárquico interpuesto por la Sra. Sandra Burgues Roca
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 665.19
P. de R.:
37.
(Exp. 091100-000139-19) - Asunto: Facultad de Odontología - recurso jerárquico interpuesto por la Dra. María Elisa Pinato
Distribuido Nro: 663.19
P. de R.:
VISTO: El recurso jerárquico interpuesto ante el Consejo Directivo Central por la Dra. María Elisa PINATO, contra la resolución N° 63 de fecha 20 de diciembre de 2018, adoptada por el Consejo de Facultad de Odontología, UdelaR (fs. 9)
RESULTANDO: 1) Que la precitada Docente interpuso recursos de revocación y jerárquico contra la resolución indicada en el VISTO, en los términos que emergen de fojas 2 a 6.
2) Que por resolución N° 48 de fecha 21/02/2019, el Consejo de Facultad de Odontología resolvió no hacer lugar al recurso de revocación interpuesto y elevar la vía jerárquica correspondiente ante el Consejo Directivo Central.
3) Que en virtud de no constar la notificación de la resolución adoptada, el presente accionamiento se considera temporáneo (artículos 317 de la Constitución de la República, 4 de la Ley N° 15.869, 4 y 5 de la Ordenanza de actos administrativos de UdelaR).
4) Que en lo referente a los restantes requerimientos normativos, el escrito en cuestión posee firma letrada y timbre profesional, con lo cual se ha dado cabal cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 37 del Decreto Ley 15524 y 71 de la Ley 17738.
5) Que en cuanto al acto recurrido, alega que no fue notificada formalmente del mismo, sin perjuicio de afirmar “...haber tomado conocimiento en función de que el Prof. Roberto Barbot me informa el jueves 7 de febrero que: “Por resolución del Consejo de Facultad no podría estar en contacto con los estudiantes hasta tanto se resolviera el expediente”.
6) Que en relación al procedimiento llevado a cabo, se agravia alegando que no se le otorgó vista previa del informe al que se refiere la resolución impugnada, entendiendo que no se le ha conferido la oportunidad procesal de articular su defensa y controlar la prueba diligenciada (fs. 3).
7) Que por otra parte, esgrime que se incurre en una posible violación del principio “non bis in idem” concluyendo que “...resulta obvio que vinculan directamente la sanción que se me impone en función de un procedimiento que fue completamente ilegítimo a una investigación cuyo objeto no se determina concretamente y que refiere a una cátedra en la que si bien estoy inmersa no soy la única persona que la constituyo...”.
8) Que finalmente, se reservó el derecho a ampliar la fundamentación de la recurrencia interpuesta, una vez efectivizada la vista del expediente correspondiente a la investigación administrativa (N° 091100-002835-17).
9) Que posteriormente, el respectivo Consejo adoptó una nueva resolución, a través de la cual se rectificó la oportunamente adoptada, en los términos que emergen de fojas 10.
10) Que en virtud de lo expuesto, se confirió vista a la impugnante, instancia en la cual formuló diversas consideraciones (fs. 2 a 5).
11) Que en tal sentido, luego de analizar diversos aspectos del procedimiento, señala que la rectificación dispuesta “...no tenía otro objeto que subsanar las aberraciones cometidas mediante la Resolución primitiva y dejar sin objeto los recursos interpuestos...”.
12) Que adicionalmente, agrega en relación al numeral 2 de la resolución rectificada, que “...continúa generando prejuzgamiento y vulneración del secreto de la investigación administrativa, vulneración de los derechos de mi representada al honor, a la presunción de inocencia, etc; violaciones de derechos que como tales generan perjuicios y daños que son reparables...”.
13) Que en virtud de las resultancias de obrados, solicita (fs. 19) que se reconozca que los agravios esgrimidos han sido pacialmente recibidos, en virtud de la rectificación referida.
14) Que finalmente, solicita revocar parcialmente la resolución impugnada en relación a los numerales 2 y 3 de la redacción original, o bien, el numeral 2 en la redacción dada por la resolución de fecha 11/04/2019.
38.
(Exp. 301610-001295-19) - Asunto: C.U.R.E. - permanencia del régimen de dedicación total de Matías Arim
Distribuido Nro: 684.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Consejo del Centro Universitario Regional del Este, a lo informado por la Comisión Central de Dedicación Total, a lo dispuesto en el Estatuto del Personal Docente y al informe favorable sobre disponibilidad, autorizar la permanencia en el régimen de dedicación total al docente Matías Arim Ihlenfeld en su nuevo cargo efectivo de Profesor Titular (Esc. G, Gº 5, 10 hs.), en el PDU "Grupo de investigación y formación en recursos humanos en biodiversidad", antecedentes que lucen en el distribuido Nº 684.19.
39.
(Exp. 240032-000677-19) - Asunto: Facultad de Ciencias- interrupción de DT de Sylvia Bonilla
Distribuido Nro: 681.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Consejo de la Facultad de Ciencias, a lo informado por la Comisión Central de Dedicación Total y a lo establecido por el art. 55 del Estatuto del Personal Docente, autorizar la interrupción del régimen de dedicación total a la docente Sylvia Estela Bonilla Santibañez en el cargo de Profesora Adjunta de Limnología del Instituto de Ecología y Ciencias Ambientales (Esc. G, Gº 3, 30 hs.) por los períodos 10 de junio a 30 de setiembre de 2019 y 25 de noviembre de 2019 a 31 de enero de 2020, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 681.19.
40.
(Exp. 008440-000391-19) - Asunto: ISEF - dedicación total de Carlos Magallanes.
Distribuido Nro: 668.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por la Comisión Directiva del Instituto Superior de Educación Física, a lo informado por la Comisión Central de Dedicación Total y a lo establecido en el Estatuto del Personal Docente, conceder el régimen de dedicación total al docente Carlos Magallanes, en el cargo de Profesor Agregado del Departamento de Educación Física y Salud (Esc. G, Gº 4, 35 hs.), por un período estatutario de 3 años a partir de la toma de posesión, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 668.19.
41.
(Exp. 311170-000951-18) - Asunto: CENUR Litoral Norte - contratación de Pablo Dans por Programa de "Contratación de Científicos Provenientes del Exterior".
Distribuido Nro: 685.19
P. de R.:
Atento a lo solicitado por el Consejo del Centro Universitario Regional Litoral Norte, a lo propuesto por la Comisión Sectorial de Investigación Científica y al informe favorable sobre disponibilidad de la División Contaduría Central, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 685.19:
a) Contratar al Sr. Pablo Dans, en un cargo de Profesor Agregado en el Grupo de Biofísicoquímica, Departamento de Ciencias Biológicas del CENUR Litoral Norte (Esc. G, Gº 4, 35 hs.) por un período de 12 meses a partir de la toma de posesión y con cargo al Programa 348, Proyecto "Contratación de Científicos Provenientes del Exterior", con financiación de la CSIC en lo respectivo al cargo, hasta que existan fondos presupuestales disponibles en el fondo central del régimen de dedicación total.
b) Establecer que dicho Servicio deberá realizar el llamado respectivo a dicho cargo dentro del plazo de un año.
c) Cometer a la División Contaduría Central la realización de las trasposiciones de crédito correspondientes y a la Dirección General de Planeamiento la confirmación respectiva.
42.
(Exp. 004010-001910-19) - Asunto: CAP- bases llamado 2020 de "Apoyo Institucional a Carreras de Posgrado (Maestría y Doctorado) de la Universidad de la República".
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 683.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por la Comisión Académica de Posgrado y al informe favorable sobre disponibilidad:
1) Aprobar las Bases para la realización del llamado 2020 a "Apoyo Institucional a Carreras de Posgrado (Maestría y Doctorado) de la Universidad de la República", antecedentes que lucen en el distribuido N° 683.19.
2) Autorizar la realización del llamado correspondiente.
43.
(Exp.301010-001145-19) - Asunto: Cenur Este: Resoluciones adoptadas en mayo.
Distribuido Nro: 677.19
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo Centro Universitario Regional Este durante el mes de mayo de 2019, en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 677.19.
44.
(Exp.311170-001281-19) - Asunto: Cenur Litoral Norte : Resoluciones adoptadas en mayo.
Distribuido Nro: 676.19
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo Centro Universitario Regional Norte durante el mes de mayo de 2019, en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 676.19.
45.
(Exp.041160-000331-19) - Asunto: Facultad de Ciencias Económicas y de Administración : Resoluciones adoptadas en junio.
Distribuido Nro: 674.19
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración durante el mes de junio de 2019, en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 674.19.
46.
(Exp.232160-000611-19 y adjs. ) - Asunto: Facultad de Ciencias Sociales : Resoluciones adoptadas en mayo.
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 670.19
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales durante el mes de mayo de 2019, en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 670.19.
47.
(Exp.061110-000935 y adj.) - Asunto: Facultad de Ingenieria: Resoluciones adoptadas en marzo.
Distribuido Nro: 672.19
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Facultad de Ingenieria durante el mes de marzo de 2019, en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 672.19.
48.
(Exp. 191160-000901-19 ) - Asunto: Facultad de Psicología : Resoluciones adoptadas en junio.
Distribuido Nro: 669.19
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Facultad de Psicología durante el mes de junio de 2019 , en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 669.19.
49.
(Exp. 151116-000218-19 y adj.) - Asunto: Hospital de Clínicas : Resoluciones adoptadas en mayo.
Distribuido Nro: 675.19
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por la Comisión Directiva Hospital de Clínicas durante el mes de mayo de 2019, en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 675.19.
50.
(Exp.081100-000127-19 y adjs.) - Asunto: Instituto de Higiene : Resoluciones adoptadas
Distribuido Nro: 673.19
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Facultad de Medicina durante los meses de febrero a mayo de 2019, en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 673.19.
51.
(Exp.008450-000603 y adj.) - Asunto: Instituto Superior de Educación Física : Resoluciones adoptadas en abril y mayo.
Distribuido Nro: 671.19
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por la Comisión Directiva Instituto Superior de Educación Física durante los meses de abril y mayo de 2019, en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 671.19.
52.
(Exp. 001015-000111-19) - Asunto: AGU - Tabla de Plazos Precaucionales de Bedelía General.
Distribuido Nro: 667.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Archivo General de la Universidad, y a lo resuelto por la Comisión de Evaluación Documental de la Nación - Archivo General de la Nación - Ministerio de Educación y Cultura, aprobar la Tabla de Plazos Precaucionales parciales del Departamento de Bedelía General de Oficinas Centrales de la Universidad de la República, cuyo texto y antecedentes lucen en el distribuido N° 667.19.
53.
(Exp. 311110-000355-18) - Asunto: - Conformación Comisión de Carrera del Ciclo Inicial Optativo - Salud - CENUR Litoral Norte - período 2019-2020.-
Distribuido Nro: 682.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Consejo del Centro Universitario Regional Litoral Norte, y a lo establecido en el Art. 20 de la Ordenanza de Estudios de Grado y otros Programas de Formación Terciaria, aprobar la conformación de la Comisión de Carrera del Ciclo Inicial Optativo - Salud - CENUR Litoral Norte - período 2019-2020, con la siguiente integración:
Orden Docente: Mauricio Cabrera y Francisco Morales (titulares), Alejandra Álvarez y Susana Kanovich (alternas)
Orden Egresados: Leticia Zunino y Flavia Tilliman (titulares), Ricardo Rezzano y Agustina Blanc (alternos)
Orden Estudiantil: Enzo Peculio y Facundo Fagúndez (titulares), Katherine Sosa y Lucía Leites (alternas)
Coordinación: Coral Fernández (titular).
54.
(Exp. 004010-001830-19) - Asunto: C.S.I.C. - Programa Huertas en Centros Educativos - exoneración del aporte previsto en la OARE - Proyecto Planto y Aprendo
Distribuido Nro: 679.19
P. de R.:
Atento a lo solicitado por el Equipo Coordinador del Programa Huertas en Centros Educativos (PHCE) y a lo propuesto por la Comisión Sectorial de Investigación Científica, ampliar la exoneración excepcional otorgada oportunamente (Res. 14 del C.D.C. 12.4.16), al Proyecto "Planto y Aprendo" del aporte del 5% previsto por el artículo 4° de la actual Ordenanza sobre Aplicación de Recursos Extrapresupuestales, antecedentes que lucen en el distribuido N° 679.19.
55.
(Exp. 011150-000457-19) - Asunto: Unidad de Inventario-SeCIU - material en desuso
Distribuido Nro: 666.19
P. de R.:
Atento a lo solicitado por la Unidad de Inventario de la División Secretaría de Oficinas Centrales, a lo informado y sugerido por el Servicio Central de Informática Universitaria y a lo dispuesto por el art. 83 del TOCAF (Decreto 150/012), antecedentes que lucen en el distribuido N° 666.19:
- Declarar en desuso el equipamiento que se describe en el informe que figura en el mencionado distribuido.
- En consecuencia, autorizar su descarte,