1.
(Exp. s/n) - Asunto: Facultad de Psicología comunica Decano y representantes
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 866.19 
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Facultad de Psicología con fecha 16 de setiembre pasado, antecedentes que lucen en el distribuido N° 866.19, por las que:
- Comunica que su Asamblea de Claustro en sesión de 11/9/19 designó al Prof. Enrico Irrazábal como Decano de ésa por el período 12/09/19 a 11/09/23.
- Acepta la renuncia presentada por el Prof. Robert Pérez como representante titular de ese Servicio ante este Consejo Directivo Central.
- Designa al Señor Decano y al Prof. Robert Pérez como representantes titular y alterno respectivamente ante este Consejo Directivo Central.
2.
(Exp. s/n) - Asunto: Consejero Ariel Castro solicita licencia
P. de R.:
Conceder licencia al Consejero Ariel Castro por la sesión ordinaria del día de la fecha y convocar al suplente respectivo, Omar Borsani.
3.
(Exp. s/n) - Asunto: Hoja de Ruta para la creación del Centro Universitario Regional del Noreste
Distribuido Nro: 811.19 
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
4.
(Exp. s/n) - Asunto: Rectorado - ingreso de estudiantes extranjeros
Distribuido Nro: 860.19 
P. de R.:
VISTO: Las normas de trabajo vigentes sobre ingreso de estudiantes procedentes de países extranjeros.
ATENTO: a las modificaciones propuestas por Rectorado y a lo informado por la Dirección General Jurídica, antecedentes que lucen en el distribuido N° 860.19;
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, RESUELVE:
I - Derogar el numeral 1 de las “Normas sobre ingreso de estudiantes procedentes de países extranjeros”.
II - Modificar los numerales 2 y 3 –que pasarán a ser los numerales 1 y 2- e incorporar dos nuevos numerales –que pasarán a ser los numerales 3 y 4- en las Normas sobre Ingreso de Estudiantes procedentes de Países Extranjeros, los que quedarán redactados de la siguiente forma:
1) El Consejo de Facultad solo admitirá el ingreso a primer año de los estudiantes que revaliden estudios secundarios cursados en el extranjero o estén comprendidos en la “Ordenanza sobre ingreso en la Universidad de la República de quienes hayan cursado estudios preuniversitarios en el extranjero” que reúnan, además, una de las cualidades siguientes:
a) Ser uruguayo o haber tenido que salir del Uruguay y continuar o iniciar sus estudios en el extranjero en virtud de la situación política imperante en el país hasta el restablecimiento de la democracia;
b) Haber tenido que interrumpir sus estudios en el país de origen por razones de persecución política, ideológica, gremial, de género, religiosa o racial;
c) Estar comprendidos en el párrafo segundo del Art. 2 de la Ordenanza sobre revalidación de títulos y certificados de estudios extranjeros (agregado por res. Nº 69 de 28/1/1986). A las personas excepcionadas por este literal, no se les aplicará la exigencia prevista en el acápite del presente ordinal, por lo que no deberán acreditar la reválida de sus estudios secundarios, siendo suficiente la acreditación de la culminación de los mismos. Esta previsión será de aplicación a las solicitudes en trámite.
d) Comprobar residencia en el Uruguay no inferior a un año.
e) Haberse trasladado al Uruguay con el núcleo familiar directo que integraba el solicitante.
f) Estudiantes cuyo ingreso se solicite invocando Convenios de complementariedad, reconocimiento de estudios e intercambio, celebrados por la Universidad de la República en el marco de relaciones de cooperación con Universidades extranjeras, en los que se acuerde que las Universidades contratantes admitirán el ingreso a efectos de cursar estudios en sus distintas ofertas académicas de estudiantes provenientes del extranjero amparados por dichos Convenios, siempre que cumplan con todos los requisitos que en ellos se establezcan. Tales Convenios deberán establecer la condición de reciprocidad. El cumplimiento de esta condición se valorará atendiendo las circunstancias de cada caso.
2) El Consejo de Facultad podrá admitir excepcionalmente el ingreso de estudiantes no comprendidos en las situaciones indicadas en el numeral 1, siempre que dicho ingreso no desvirtúe los motivos que inspiraron esta resolución, ni obste al logro de la finalidad perseguida por ella.
Si el respectivo Consejo de Facultad entendiera que no corresponde acceder a la solicitud de ingreso al amparo de esta causal, deberá abstenerse de dictar resolución sobre el fondo del asunto y elevará la solicitud, con la fundamentación correspondiente, a consideración del Consejo Directivo Central o a quien este delegue, quien en definitiva resolverá.
3) En los casos de los numerales 1 y 2 inciso 1° de estas normas, el Consejo de Facultad deberá expedirse en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la presentación de la solicitud.
En el caso del numeral 2 inciso 2°, dentro del mencionado plazo, el Consejo de Facultad deberá elevarlo al CDC o a quien este delegue con la fundamentación requerida.
4) La limitación de ingreso al amparo de cualquiera de las causales solo se aplicará a quienes ingresen a primer año. No estarán comprendidos en dicha limitación los estudiantes que revaliden en la Universidad de la República estudios parciales cursados en universidades o instituciones extranjeras de análogo nivel académico.
III - Apruébase con valor y fuerza de Ordenanza las siguiente modificación a la Ordenanza de Delegación de Atribuciones en los Consejos de Facultad, suprimiendo el literal d) del numeral 3 del artículo 1°, que quedará redactado de la siguiente forma:
3 – En materia de enseñanza:
a) reválidas de estudios parciales cursados en instituciones públicas nacionales y en instituciones de enseñanza extranjeras;
b) reválidas y reconocimientos de títulos expedidos por instituciones de enseñanza extranjeras;
c) conversión y homologación de títulos o diplomas, previo control de los servicios respectivos, de conformidad con los instructivos que serán elaborados por la Dirección General Jurídica.
Delégase en los Consejos de Facultad, el ejercicio de las atribuciones de conversión y homologación de títulos, que en las respectivas Ordenanzas y Reglamentos se confieren al Consejo Directivo Central y por delegación al Consejo Ejecutivo Delegado;
IV - Apruébase con valor y fuerza de Ordenanza la siguiente modificación del Artículo 1 , I de la Ordenanza de Delegación de Atribuciones en el Consejo Delegado Académico, incorporando el numeral 5, que quedará redactado en la forma siguiente:
Artículo 1º.- Delégase en el Consejo Delegado Académico las atribuciones del Consejo Directivo Central de dictar reglamentaciones y resoluciones referidas a políticas y programas que adopte el delegante en las materias que se enumeran a continuación:
I.- Enseñanza, incluyendo exclusivamente:
1 – Aprobación del ingreso de estudiantes extranjeros;
2 – Formación Docente;
3 – Reválidas, reconocimientos, conversión, homologación, otorgamiento de duplicados o certificados de títulos y otorgamiento de títulos por competencia notoria o actuación documentada exclusivamente en caso de títulos correspondientes a Servicios dependientes del CDC y siempre que exista una Ordenanza o Reglamento habilitante del otorgamiento.
4 – Consideración de las reglamentaciones dictadas o las propuestas de resolución elevadas en materia de Enseñanza -excluidos los Planes de Estudio- por Consejos y Comisiones Directivas y la formulación de observaciones devolviéndolas al órgano respectivo; si éste no aceptara las observaciones, la decisión será sometida al Consejo Directivo Central.
5- Ingreso de estudiantes extranjeros, al amparo de la causal prevista en el numeral 2 de las Normas sobre ingreso de estudiantes extranjeros, en la redacción dada por la resolución Nº del CDC de fecha...
V - Modifíquese con valor y fuerza de Ordenanza el artículo 4º de la Ordenanza sobre ingreso a la Universidad de la República de personas que hayan cursado estudios preuniversitarios en el extranjero, el cual quedará redactado en la forma siguiente:
Art. 4º: Los peticionarios deberán acreditar su identidad con documento expedido por las autoridades uruguayas competentes o mediante pasaporte en caso de no contar aún con documento uruguayo; presentar en regla los comprobantes requeridos y demostrar tener conocimientos suficientes de idioma español como para asimilar la enseñanza que les será impartida.
VI - Publíquense en el Diario Oficial los numerales III, IV y V de la presente resolución.
5.
(Exp. 004010-002262-19) - Asunto: CSIC - Propuesta de adhesión a Declaración de San Francisco
Distribuido Nro: 822.19
Distribuido Nro: 864.19
Distribuido Nro: 865.19
Distribuido Nro: 878.19
Distribuido Nro: 895.19 
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
6.
(Exp. s/n) - Asunto: Elecciones Universitarias 2020
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 852.19 
P. de R.:
En relación con las Elecciones Universitarias a realizarse en 2020 y atento a la propuesta que luce en el distribuido N° 852.19:
1 - Solicitar a la Corte Electoral considere la aspiración de la Universidad de la República de celebrar el próximo acto electoral de sus autoridades en alguna de las siguientes fechas: miércoles 17 ó 24 de junio de 2020.
2 - Solicitar que con la mayor brevedad, las Facultades y el Instituto asimilado a Facultad procedan a la designación y comunicación a la Comisión Organizadora de dos Coordinadores de Elecciones por cada uno de ellos, a efectos de comenzar con las tareas preparatorias de la referida elección.
3 - Designar a la Profa. Gabriela Fernández a propuesta del Orden Docente y a ................... (Órdenes de Egresados y Estudiantil) en carácter de titular y alterno respectivamente para integrar la Comisión Organizadora de las Elecciones Universitarias 2020.
7.
(Exp. s/n) - Asunto: Integrantes del CDC presentan Nota
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 867.19
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
8.
(Exp. 001000-003209-19) - Asunto: Instituto Nacional de Acreditación y Evaluación de la Educación Terciaria (INAEET) - Anteproyecto de Ley de Creación
Distribuido Nro: 868.19 
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
9.
(Exp. 011000-002805-19 y adj.) - Asunto: Reforma Constitucional "Vivir sin Miedo" informe de Comisión
Distribuido Nro: 859.19
Distribuido Nro: 823.19
Distribuido Nro: 861.19
Distribuido Nro: 877.19 
P. de R.:
VISTO: la iniciativa del Reforma Constitucional denominada "Vivir sin miedo" impulsada al amparo del artículo 311° lit, A) de la Constitución de la República, a ser plebiscitada en las próximas elecciones nacionales del mes de octubre; (Distribuidos N°s. 823, 859 y 861.19.
CONSIDERANDO: 1- que la Ley Orgánica de la Universidad de la República establece que entre los fines de la Institución se incluyen "....contribuir al estudio de los problemas de interés general y propender a su comprensión pública; defender los valores morales y los principios de justicia, libertad, bienestar social, los derechos de la persona humana y la forma democrático-republicana de gobierno."
2- que una reforma constitucional indudablemente es un tema de interés general, particularmente en este caso en donde se afectan aspectos vinculados con la seguridad pública y los derechos de la ciudadanía;
3- el documento Aportes para el debate sobre el Proyecto de Reforma Constitucional "Vivir sin miedo" presentado por la Comisión Ad-hoc con la finalidad de contribuir a la reflexión y al posicionamiento de la Universidad de la República;
RESULTANDO: - que no hay ninguna evidencia que sostenga que las medidas propuestas reduzcan los niveles de criminalidad;
- que el cometido de las Fuerzas Armadas es la defensa de la soberanía nacional y no la realización de tareas de seguridad interior;
- que los efectivos militares no reciben una formación orientada a generar las capacidades necesarias para la prevención y el control del delito;
- que la experiencia internacional sugiere que la intervención de las Fuerzas Armadas en asuntos de seguridad interna aumenta los niveles de violencia;
- que los allanamientos nocturnos no son una solución al problema del narcotráfico y que a su vez exponen a riesgos innecesarios tanto a la ciudadanía como a los funcionarios policiales que realizan el procedimiento;
- que la eliminación de los institutos liberatorios y la implementación de la reclusión permanente implican un aumento en los tiempos de encarcelamiento lo cual afectará gravemente la situación del sistema penitenciario; y
- que la eliminación de los institutos liberatorios compromete cualquier posibilidad de trabajar en la reinserción de las personas que se encuentran privadas de libertad:
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, resuelve:
1.- Redoblar los esfuerzos en la promoción del debate público sobre esta temática e instar a todos los colectivos universitarios para la más amplia difusión del documento Aportes para el debate sobre el Proyecto de Reforma Constitucional "Vivir sin miedo".
2.- Manifestar su rechazo al proyecto de reforma constitucional denominado "Vivir sin miedo" ya que su aprobación implicaría graves consecuencias para la seguridad pública y los derechos humanos.
10.
(Exp. 001000-003145-19) - Asunto: MGAP - Rector - Designación de Representante
Distribuido Nro: 879.19 
P. de R.:
Tomar conocimiento y aprobar lo actuado por el Señor Rector que con fecha 5/9/19 y atento a lo solicitado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y a lo establecido por el Literal e) del Artículo 26° de la Ley Orgánica Universitaria, designó a la Dra. Ing. Agr. Inés Gazzano como representante de la Universidad de la República ante la Comisión Honoraria del Plan Nacional para el Fomento de la Producción con bases agroecológicas, creada por el Artículo 3° de la Ley N° 19717 de 23/1/19, reglamentada por el Decreto N° 159/019 de 4/6/19, antecedentes que lucen en el distribuido N° 879.19.
11.
(Exp. 011000-000898-19) - Asunto: Integración de Comisión Académica Central de Carrera Docente
Distribuido Nro: 736.19 
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
12.
(Exp. 004010-002481-19) - Asunto: Pro Rectorado de Investigación - "Elementos y Propuestas para una política de ciencia, tecnología e innovación basada en evidencia
Distribuido Nro: 886.19 
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
13.
(Exp. s/n) - Asunto: Designación de representante Estudiantil ante la Comisión Nacional de Becas.
Distribuido Nro: 678.19 
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
14.
(Exp. 011000-001295-19) - Asunto: Integración Comisión "Vivir sin Miedo"
Antecedentes: Falta designar Área de Tecnologías y Ciencias de la Naturaleza y el Hábitat
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
15.
(Exp. 006382-000065 y adj.) - Asunto: Integración Comisión Asesora de Bienestar Universitario
Antecedentes: Falta designar Orden Estudiantil
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
16.
(Exp. 011000-001922-19) - Asunto: Integración de Comisión de Seguimiento y Planificación del POM&LP
Antecedentes: Falta designar Orden Estudiantil
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
17.
(Exp. s/n) - Asunto: Integración de la Comisión de Inclusión
Antecedentes: Falta designar Orden Estudiantil
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
18.
(Exp. 004010-001814-19 y adjs.) - Asunto: Integración de Comisión de Diseño Institucional de Políticas de Posgrado
Antecedentes: Falta designar Orden Estudiantil
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
19.
(Exp. 111163-000480-19) - Asunto: Integración Grupo de Trabajo - Nueva Ordenanza de Uso de Fondos de Libre Disponibilidad
Antecedentes: Falta designar Orden Estudiantil
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
20.
(Exp. 003540-000090-18) - Asunto: Integración de GT para entender en la participación de Egresados y Estudiantes de las Carreras de Tecnólogos (Convenio ANEP-UdelaR) en las elecciones universitarias
Antecedentes: Falta designar Ordenes Estudiantil y de Egresados y las Tres Áreas
Se remite
Distribuido Nro: 824.19
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
21.
(Exp. s/n) - Asunto: Área Salud - CDGAP - Representante alterno
Distribuido Nro: 880.19 
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Área Salud, designar al Consejero Enrico Irrazábal como su representante alterno ante el Consejo Delegado de Gestión Administrativa y Presupuestal, antecedentes que lucen en el distribuido N° 880.19.
22.
(Exp. 004010-002297-19) - Asunto: CSIC - Bases de llamado 2020 - Programa de Fortalecimiento del Equipamiento de Investigación
Antecedentes: Se remitirá oportunamente
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
23.
(Exp. 004010-002465-19) - Asunto: CSIC - Autorización para actuar como contraparte
Antecedentes: Se remitirá oportunamente
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
24.
(Exp. 009580-001149-19) - Asunto: Escuela de Nutrición - creación de cargos docentes
Distribuido Nro: 885.19 
P. de R.:
Tomar conocimiento y aprobar lo actuado por el Sr. Rector que con fecha 5.9.19 en uso de las atribuciones conferidas por el art. 26 lit. e) de la Ley Orgánica y atento a lo solicitado por la Escuela de Nutrición y al informe favorable sobre disponibilidad, resolvió: crear 4 cargos de Ayudantes interinos (Esc. G, Gº 1, 15 ext. 30 hs.), para las Prácticas Articuladoras, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 885.19.
25.
(Exp. 111163-000544-19) - Asunto: Área de Tecnologías y Ciencias de la Naturaleza y el Hábitat - designación de representantes
Distribuido Nro: 884.19 
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Área de Tecnologías y Ciencias de la Naturaleza y el Hábitat, designar a las personas que se mencionan a continuación como sus representantes en las Comisiones y calidades que se indica, antecedentes que lucen en el distribuido N° 884.19:
COMISIÓN | NOMBRE | CALIDAD | PERÍODO |
CSIC | Silvia Llambí | Titular | 1º.9.19 - 31.8.20 |
Omar Borsani | 1° Suplente |
Alina del Castillo | 2° Suplente |
COMISIÓN | NOMBRE | CALIDAD | PERÍODO |
CSE | Ernesto Domínguez | Titular | 1º.9.19 - 31.8.20 |
Carlos Luna | 1° Suplente |
Cristina Friss | 2° Suplente |
COMISIÓN | NOMBRE | CALIDAD | PERÍODO |
CSEAM | Félix Fuster | Titular | 1º.9.19 - 31.8.20 |
Miriam Hojman | 1° Suplente |
Daniela Sapriza | 2° Suplente |
COMISIÓN | NOMBRE | CALIDAD | PERÍODO |
CAPPPA | Luis Veiga | Titular | 1º.9.19 - 31.8.20 |
Serrana Martínez | 1° Suplente |
Cecilia Silva | 2° Suplente |
COMISIÓN | NOMBRE | CALIDAD | PERÍODO |
CCI | Martín Bessonart | Titular | 1º.9.19 - 31.8.20 |
Pablo Babino | 1° Suplente |
Oswaldo Ernst | 2° Suplente |
COMISIÓN | NOMBRE | CALIDAD | PERÍODO |
CSEP | Teresita Alonso | Titular | 1º.9.19 - 31.8.20 |
Cristina Cabrera | 1° Suplente |
Ruben Cano | 2° Suplente |
COMISIÓN | NOMBRE | CALIDAD | PERÍODO |
CAI | Carina Strata | Titular | 1º.9.19 - 31.8.20 |
Pablo Musé | 1° Suplente |
Elena Peel | 2° Suplente |
COMISIÓN | NOMBRE | CALIDAD | PERÍODO |
CEIyA | Elena Peel | Titular | 1º.9.19 - 31.8.20 |
Mónica Rosadilla | 1° Suplente |
Pablo Rodríguez | 2° Suplente |
26.
(Exp. 070640-002646-18) - Asunto: Facultad de Medicina - actualización Programa de Formación de Especialistas en Medicina Interna.
Distribuido Nro: 891.19
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Consejo de la Facultad de Medicina, a lo informado por la Dirección General Jurídica, por la Comisión Académica de Posgrado y el Grupo de Trabajo sobre Desarrollo del Posgrado y a lo establecido en los arts. 21 lit. d) y e) y 22 de la Ley Orgánica y en el art. 16 de la Ordenanza de las Carreras de Posgrado:
1) Aprobar la actualización del Programa de Formación de Especialistas en Medicina Interna, cuyo texto y antecedentes lucen en el distribuido Nº 891.19.
2) Establecer que el título a otorgar a quienes cumplan con aprobación la totalidad del curriculum de la mencionada especialización, será el de "Especialista en Medicina Interna".
3) Disponer su publicación en el Diario Oficial, por parte de la Facultad de Medicina.
27.
(Exp. 091900-000373-18 y adj.) - Asunto: Facultad de Odontología - Plan de Estudios y Reglamento del Doctor en Ciencias Odontológicas
Distribuido Nro: 896.19 
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Consejo de la Facultad de Odontología, a lo informado por la Dirección General Jurídica y por la Comisión Académica de Posgrado y a lo establecido en los arts. 21 lit. d) y e) y 22 de la Ley Orgánica y en el art. 28 de la Ordenanza de las Carreras de Posgrado:
- Aprobar el Plan de Estudios del Doctorado en Ciencias Odontológicas, cuyo texto y antecedentes lucen en el distribuido Nº 896.19.
- Establecer que el título a otorgar a quienes cumplan con aprobación la totalidad del currículum del mencionado doctorado, será el de Doctor en Ciencias Odontológicas.
- Asimismo, tomar conocimiento del Reglamento del Doctorado en Ciencias Odontológicas.
- Disponer la publicación de ambos en el Diario Oficial, por parte de la mencionada Facultad.
28.
(Exp. 004020-001474-19) - Asunto: C.S.E. - informe de Rafael Rey
Distribuido Nro: 872.19 
P. de R.:
Atento a lo informado por la Comisión Sectorial de Enseñanza y la Comisión Central de Dedicación Total y a lo establecido en el Estatuto del Personal Docente, tomar conocimiento del informe presentado por el docente Rafael Rey referente a las actividades desarrolladas en el marco del cambio de sede de su régimen de dedicación total, en la Universidad de la Coruña y la Universidad Autónoma de Barcelona, durante el período 14 de mayo a 13 de julio de 2019, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 872.19.
29.
(Exp. 071600-007559-19) - Asunto: Facultad de Medicina - interrupción de DT de María Alejandra Martínez.
Distribuido Nro: 894.19 
P. de R.:
Atento a lo propuesto por el Consejo de la Facultad de Medicina, a lo informado por la Comisión Central de Dedicación Total y a lo establecido por el art. 55 del Estatuto del Personal Docente, autorizar la interrupción del régimen de dedicación total a la docente María Alejandra Martínez, en el cargo de Profesora Asistente del Departamento de Bioquímica (Esc. G, Gº 2, 20 hs. con extensión a 30 hs.) por el período de un año a partir del 15.8.19, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 894.19.
30.
(Exp. 004010-002406-19) - Asunto: CSIC - financiación de Proyecto por Programa de Vinculación Universidad - Sociedad y Producción, Modalidad 1 (Proyectos con aporte de la contraparte).
Distribuido Nro: 893.19 
P. de R.:
Atento a lo propuesto por la Comisión Sectorial de Investigación Científica en el marco del Programa de Vinculación Universidad - Sociedad y Producción, Modalidad 1 (Proyectos con aporte de la contraparte) y al informe favorable sobre disponibilidad, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 893.19:
- Aprobar la financiación del Proyecto "Cooperativas de trabajo que gestionan centros y propuestas educativas en Uruguay. Relevamiento, dimensionamiento en el campo de la educación, principales características, propuestas pedagógicas y cooperación", presentado por Felipe Stevenazzi Alén del Servicio Central de Extensión y Actividades en el Medio, y actuando como contraparte la Federación de Cooperativas de Producción del Uruguay.
- Cometer a la División Contaduría Central la realización de la trasposición correspondiente.
31.
(Exp. 006200-002012-19) - Asunto: S.C.E.A.M. - resultado de llamado Proyectos Estudiantiles de Extensión Universitaria 2020
Distribuido Nro: 883.19 
P. de R.:
Atento a lo propuesto por la Pro Rectora de Extensión y Relaciones con el Medio y al informe favorable sobre disponibilidad:
- Aprobar el informe de la Comisión Asesora que entendió en la Convocatoria a "Proyectos Estudiantiles de Extensión Universitaria 2020", cuyo detalle y antecedentes lucen en el distribuido N° 883.19.
- En consecuencia, autorizar la financiación de la nómina de 19 Proyectos informados positivamente, de acuerdo al detalle que luce en el mencionado distribuido.
- Cometer a la División Contaduría Central la realización de las trasposiciones de crédito correspondientes y a la Dirección General de Planeamiento la confirmación respectiva.
32.
(Exp. 041410-001825-19) - Asunto: Facultad de Ciencias Económicas y de Administración - ingreso como estudiante de Patricia De León
Distribuido Nro: 897.19 
P. de R.:
VISTO: La solicitud formulada por Patricia De León Aguiar ante la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración.
RESULTANDO: Que la peticionante solicitó el ingreso a la Tecnicatura en Administración, que se dicta en la mencionada Facultad.
CONSIDERANDO: 1) Que la Comisión de Grado propuso al Consejo de Facultad “Reconocer que la solicitante cuenta con la formación necesaria para seguir con aprovechamiento cursos universitarios habilitando su inscripción a la carrera de Técnico en Administración”.
2) Que por Resolución del Consejo de Facultad, No. 56, de fecha 12 de agosto de 2019, se resolvió proponer al Consejo Directivo Central: “autorizar el ingreso a Facultad de Ciencias Económicas y de Administración – Carrera de Técnico en Administración – Plan de Estudios 2014, a la Sra. Patricia DE LEON AGUIAR”.
ATENTO: A lo dispuesto por el artículo 34 de la Ordenanza de Estudios de Grado y Otros Programas de Formación Terciaria aprobada por Resolución No.3 del Consejo Directivo Central de fecha 2/VIII/2011- Dist. No. 451/11 y Res. No. 4 de C.D.C del 30/VIII/2011- Dist No. 575/ 11 y 576/ 11- DO 19/IX/2011, y a lo informado por la Dirección General Jurídica (Dist. Nº 897.19)
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, RESUELVE:
AUTORIZAR el ingreso a primer año de la Tecnicatura en Administración - Plan de Estudios 2014, a la Señora Patricia De León Aguiar.
33.
(Exp. 021160-000254-19) - Asunto: Facultad de Agronomía- resoluciones de julio.Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 875.19 
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Facultad de Agronomía durante el mes de julio de 2019 en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 875.19.
34.
(Exp. 241160-000194-19) - Asunto: Facultad de Ciencias - resoluciones de diciembre de 2018.
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 873.19 
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Facultad de Ciencias durante el mes de diciembre de 2018 en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 873.19.
35.
(Exp. 241160-000215-19 y adjs.) - Asunto: Facultad de Ciencias - resoluciones de abril y mayo.
Distribuido Nro: 890.19 
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Facultad de Ciencias durante los meses de abril y mayo de 2019 en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 890.19.
36.
(Exp. 232160-000574-19) - Asunto: Facultad de Ciencias Sociales - resoluciones de abril.
Distribuido Nro: 876.19 
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales durante el mes de abril de 2019 en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 876.19.
37.
(Exp. 232160-000873-19 y adjs.) - Asunto: Facultad de Ciencias Sociales - resoluciones de agosto.
Distribuido Nro: 892.19 
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales durante el mes de agosto de 2019 en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 892.19.
38.
(Exp. 111160-001019-19) - Asunto: Facultad de Veterinaria - resoluciones de junio.
Distribuido Nro: 874.19 
P. de R.:
Tomar conocimiento de las resoluciones adoptadas por el Consejo de la Facultad de Veterinaria durante el mes de junio de 2019 en ejercicio de atribuciones delegadas, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 874.19.
39.
(Exp. 001000-003284-19) - Asunto: Fundación "Lolita Rubial" solicita auspicio
Distribuido Nro: 869.19
P. de R.:
Brindar el auspicio de la Universidad de la República a la realización del evento "Morosoli 2019" Los Premios de la Cultura Uruguaya que, organizado por la Fundación "Lolita Rubial" se realizará el próximo 7 de diciembre próximo en el Teatro Lavalleja de la Ciudad de Minas, Departamento de Lavalleja, antecedentes que lucen en el distribuido N° 869.19.
40.
(Exp. 009000-000452-19) - Asunto: Espacio Interdisciplinario - renuncia y ampliación de integrantes de Comisión Asesora que entenderá en el llamado Programa "Semillero de iniciativas interdisciplinarias 2020"
Distribuido Nro: 871.19 
P. de R.:
Atento a lo solicitado por la Comisión Directiva del Espacio Interdisciplinario, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 871.19:
- Aceptar la renuncia presentada por el Sr. Juan Valle Lisboa como integrante de la Comisión Asesora que entenderá en el llamado Programa "Semillero de iniciativas interdisciplinarias 2020".
- Asimismo, ampliar dicha Comisión, con las siguientes personas: Robert Pérez, Alejandra López y Reto Bertoni.
41.
(Exp. 301010-001380-19) - Asunto: C.U.R.E. - renuncia de Elena Puppo
Distribuido Nro: 888.19
P. de R.:
Tomar conocimiento de la resolución adoptada por el Consejo del Centro Universitario Regional del Este, por la cual acepta la renuncia presentada por la Sra. Elena Puppo como delegada titular del Orden de Egresados en la Asamblea del Claustro de dicho Centro, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 888.19.
42.
(Exp. 004010-002414-19) - Asunto: C.S.I.C.-C.H.E.A. - apoyo económico
Antecedentes: Se remite
Distribuido Nro: 870.19 
P. de R.:
Atento a lo solicitado por la Comisión Honoraria de Experimentación Animal, a lo propuesto por la Comisión Sectorial de Investigación Científica y al informe favorable sobre disponibilidad, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 870.19:
- Autorizar la transferencia de la suma de $ 890.000 a efectos de atender necesidades primordiales de los Laboratorios de Experimentación Animal de las Facultades de Agronomía, Ciencias, Medicina y Veterinaria y del Centro Universitario de Rivera, de acuerdo al detalle y montos respectivos que lucen en el distribuido antes mencionado.
- Cometer a la División Contaduría Central la realización de las trasposiciones correspondientes y a la Dirección General de Planeamiento su confirmación.
43.
(Exp. 001015-000218-19) - Asunto: Archivo General UdelaR - acta eliminación de expedientes
Distribuido Nro: 889.19 
P. de R.:
Atento a lo solicitado por el Archivo General de la UdelaR y a lo propuesto por el Pro Rector de Gestión Administrativa, aprobar el Acta de eliminación de las Tablas de Plazo Precaucional de la División Contaduría, Departamento de Personal y Dirección General de Personal, cuyos textos y antecedentes lucen en el distribuido N° 889.19.
44.
(Exp. 001010-000612-19) - Asunto: Pro Rector de Gestión Administrativa - atribuciones al Presidente del Servicio de Relaciones Internacionales sobre gastos y pagos
Distribuido Nro: 887.19 
P. de R.:
VISTO: El planteamiento manifestado desde el Pro Rectorado de Gestión Administrativa respecto a la gestión de gastos, pagos y trasposiciones en la Unidad Ejecutora "Oficinas Centrales".
CONSIDERANDO: 1) Que en el ámbito de la Unidad Ejecutora "Oficinas Centrales" se registra un gran volumen de gastos y pagos.
2) Que es oportuno y conveniente favorecer y facilitar el desempeño eficaz y eficiente para la mejora de la gestión.
ATENTO: A lo dispuesto por el artículo 481 de la Ley Nº 15.903, en la redacción dada por el artículo 653 de la Ley 16.170 y el artículo 4 de la Ordenanza sobre Atribuciones y Delegación de Ordenadores de Gastos y Pagos. (Distribuido Nº 887.19)
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, RESUELVE:
Deléguese en el Presidente del Servicio de Relaciones Internacionales las atribuciones propias para ordenar gastos y pagos hasta el límite de la asignación presupuestal de dicho Servicio.
45.
(Exp. 050011-004064-18) - Asunto: Facultad de Derecho - recurso jerárquico interpuesto por la Dra. Fernanda González
Distribuido Nro: 664.19 
P. de R.:
46.
(Exp. 111130-000065-19) - Asunto: Eleonor Castro - recurso de revocación y jerárquico
Antecedentes: El resto de la profusa documentación se encuentra a disposición de los Sres. Consejeros en la Secretaría General
Se remite
Distribuido Nro: 779.19 
P. de R.:
VISTO: El recurso jerárquico interpuesto ante el Consejo Directivo Central por la Dra. Eleonor CASTRO, contra la resolución N° 57 de fecha 25/10/2018 adoptada por el Consejo de Facultad de Veterinaria (fs. 28 del expediente N°: 111140-008379-16).
RESULTANDO: 1) Que la precitada funcionaria interpuso recursos de revocación y jerárquico contra la resolución indicada en el VISTO. Asimismo, reservó la presentación de los fundamentos para una instancia posterior a dicha interposición, extremo que se verificó a fojas 53 y 54.
2) Que conforme emerge de obrados (fs. 67) el Consejo de Facultad de Veterinaria resolvió no hacer lugar al recurso de revocación interpuesto y elevar la vía jerárquica correspondiente ante el Consejo Directivo Central.
3) Según consta a fojas 28 del expediente referido, el acto administrativo impugnado fué notificado con fecha 10/01/2019 y la vía recursiva ha sido interpuesta con fecha 7/02/2019, siendo dicho accionamiento de carácter temporáneo (artículos 317 de la Constitución de la República, 4 de la Ley N° 15.869, 4 y 5 de la Ordenanza de actos administrativos de UdelaR).
4) Que consta en las presentes actuaciones, la Dra. Castro interpuso la presente recurrencia alegando (fs. 53 vto) que la impugnada dispone “...nuevamente, la reducción del período de reelección de la Dra. Castro a tres años, en clara violación de normas constitucionales, legales y estatutarias...”.
5) Que en dicho contexto, se detallan cuestiones relativas a la revocación de la resolución anterior, haciendo referencia a lo informado oportunamente por la Dra. Nora SILVA.
6) Que al respecto, alega que “...el Consejo vuelve a votar la reelección de la Dra. Castro, no variando en nada su posición respecto de la resolución anterior, a pesar de tener a la vista las resultancias del sumario ya finalizado y los argumentos esgrimidos por la defensa de la docente tanto en el procedimiento sumarial como en la fundamentación de los recursos contra las resoluciones 29 y 30 presentadas oportunamente...”.
7) Que adicionalmente, señala (fs. 54) que del acta de la respectiva sesión se desprende que constituyó una “simple votación de dicha circunstancia sin mediar consideración de clase alguna”.
8) Que de esta forma, entiende que la renovación en el cargo de la Dra. Castro dispuesta por un período menor al de cinco años, constituye una sanción, extremo que según alega emerge de las actas del propio Consejo, siendo una resolución coincidente con la oportunamente revocada.
9) Que por lo tanto, esgrime que se sanciona “...doblemente a la Dra. Castro. Primero con la suspensión por tres días resultante de la sanción impuesta una vez finalizado el sumario y luego nuevamente con la resolución de la reelección por tres años y no por cinco, ambas situaciones basadas en los mismos hechos...”.
CONSIDERANDO: 1) Que la decisión adoptada por el Consejo de Facultad de Veterinaria, a través de la cual se dispuso la reelección de la Dra. Eleonor Castro en el cargo de Profesor Titular en el Departamento de Parasitología Veterinaria (Esc. G, Gr. 5, 40 horas semanales, efectivo) por el período de tres años, resulta legítima y plenamente ajustada a Derecho.
2) Que conforme emerge de lo dispuesto en la normativa imperante (Ley Orgánica de UdelaR y Estatuto del Personal Docente) la facultad de designar al personal Docente constituye una atribución propia del Consejo de Facultad, siendo la reelección una de las modalidades a través de la cual se materializa dicha potestad, siempre y cuando se verifiquen los extremos necesarios.
3) Que en dicho contexto, cabe señalar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29 del precitado Estatuto, los cargos Docentes Grado 5 podrán ser objeto de reelección por períodos sucesivos de 5 años, siendo posible la reducción de dicho período hasta un mínimo de dos años si así lo entendiere pertinente el respectivo Consejo.
4) Que desde el punto de vista procedimental, no se advierten elementos que inficionen de ilegitimidad al procedimiento analizado, dado que advertido determinado vicio, se subsanó oportunamente con la revocación del acto administrativo en cuestión, encontrándose el Consejo legítimamente habilitado para emitir un nuevo pronunciamiento.
5) Que en relación a lo expresado, cabe agregar que la Administración ha cumplido con las diversas instancias procedimentales conforme a Derecho, no advirtiéndose omisión de especie alguna o vulneración de los derechos de la impugnante, conforme a los parámetros del debido procedimiento administrativo.
6) Que en cuanto al lo dispuesto, resulta innegable que el Consejo de Facultad de Veterinaria tiene la potestad de disponer la reelección de la Dra. Castro por un plazo menor al de cinco años, en el caso tres.
7) Que a tales efectos, los integrantes del Consejo emitieron su voto, una vez examinada la actividad académica que consta en los antecedentes así, como también en atención a las resultancias del procedimiento disciplinario oportunamente instruído.
8) Que contrariamente a lo pretendido por la accionante, no resulta de recibo que la resolución adoptada no haya sido correctamente o suficientemente motivada en virtud de reiterar un fundamento que fuera componente de la resolución oportunamente revocada.
9) Que debe tenerse presente, que la revocación oportunamente dispuesta, se originó por encontrarse pendiente el procedimiento disciplinario, con lo cual, una vez culminado el trámite, el órgano decisor puede considerarlo nuevamente y tal proceder puede acarrear legítimamente la reducción del período, solución que resulta coincidente con la anterior y no merece reparo alguno.
10) Que por lo tanto, una vez dispuesta la sanción en cuestión, tal extremo no implica bajo ningún concepto que la Administración no pueda ponderar el comportamiento de la Docente que emerge claramente de las resultancias del procedimiento disciplinario, a los efectos de su reelección, todo ello desde el punto de vista de las aptitudes que deben desarrollarse en la función docente.
11) Que lejos de haberse vulnerado los principios de inocencia, non bis in idem y debido proceso, en la presente resolución se accede a la reelección, tomando en consideración las resultancias del sumario tan solo a los efectos del plazo, encontrándose dicho aspecto en la esfera de la discrecionalidad del Consejo, a los efectos de apreciar las aptitudes Docentes.
12) Que de esta forma, lo dispuesto constituye una oportunidad para que la Docente en el nuevo período, pueda encausar su proceder, dentro de los parámetros académicos requeridos legítimamente por el Consejo para un cargo de tal relevancia.
13) Que en función de lo expuesto y especialmente en atención a la normativa imperante, la Dra. Castro no posee un derecho subjetivo a los efectos de la reelección en el cargo por el plazo de 5 años. Con lo cual, lejos de implicar lo dispuesto una medida disciplinaria, constituye la justa ponderación efectuada por el órgano competente, de las aptitudes docentes, a los efectos de determinar la reelección y el período, todo lo cual integra la potestad discrecional del respectivo Consejo
14) Que en tal sentido se ha pronunciado el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (Sentencia N° 490/2014) el cual sostiene que “Es una facultad discrecional que se le atribuye al órgano Consejo de la Facultad (en este caso de Derecho), juzgar la capacidad del docente para hacerlo merecedor de la reelección en el cargo. (...) La norma le atribuye al Consejo de la Facultad la competencia para el ejercicio del juicio sobre estas condiciones. Se trata por cierto, de un parámetro que, en principio, corresponde que sea juzgado por éste órgano en su condición de conductor del servicio universitario”.
ATENTO: A lo dispuesto en el artículo 59, 317 de la Constitución de la República, Decreto Ley 15.524, Ley 15.869, Ordenanza de actos administrativos de UdelaR, Ley Orgánica de UdelaR N° 12549, Estatuto del Personal Docente y a lo informado por la Dirección General Jurídica. (Dist. Nº 779.19)
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, RESUELVE:
- No hacer lugar al recurso de jerárquico interpuesto por la Dra. Eleonor CASTRO, contra la N° 57 de fecha 25/10/2018 adoptada por el Consejo de Facultad de Veterinaria, manteniéndose la recurrida en todos sus términos.
- Notifíquese personalmente a la interesada.
47.
(Exp. 020400-000610-19) - Asunto: Facultad de Agronomía - renovación DT de Marcelo Ferrando
Distribuido Nro: 820.19
Distribuido Nro: 821.19 
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.
48.
(Exp. 301610-000820-19) - Asunto: CURE - Facultad de Agronomía - Ingreso a DT de María Cantou
Distribuido Nro: 881.19
Distribuido Nro: 882.19 
P. de R.:
A consideración del Consejo Directivo Central.