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(Exp. 121000-000011-22) - Atento a lo solicitado por el Consejo de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, a lo establecido por el art. 3 lit. b) del Estatuto de los Funcionarios No Docentes, por el art. 1º de la Ordenanza sobre cargos no docentes que requieren renovación permanente de conocimientos, por el art. 7° y la Disposición Transitoria incorporadas al "Estatuto de los Funcionarios que desempeñan tareas que requieren renovación permanente de conocimientos" (Res. N° 4 de CDC de fecha 18.8.20), a lo informado por la Dirección General de Personal y al informe sobre disponibilidad, antecedentes que lucen en el distribuido Nº 455.22:
1.- Declarar las funciones que se describen en el mencionado distribuido como sujetas a renovación permanente de conocimientos técnicos, e incluirlas en el escalafón especial "R" previsto por el artículo 44 de la Ley Presupuestal Nº 15809 de 21.4.86:
- Ayudante de Comunicación - Perfil Contenidos y Portal
- Ayudante de Comunicación - Perfil Audiovisual
- Analista Informático
2.- En consecuencia, disponer la creación de los siguientes cargos:
Unidad de Comunicación
- 1 cargo de Ayudante de Comunicación - Perfil Contenidos y Portal (Esc. R, Gº 10, 24 hs.)
- 1 cargo de Ayudante de Comunicación - Perfil Audiovisual (Esc. R, Gº 10, 24 hs.)
Unidad de Medios Técnicos
- 3 cargos de Analista Informático (Esc. R, Gº 10, 30 hs.)
(18 en 18)
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