EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 4 DE OCTUBRE DE 2022,


Número
Fecha
8
04/10/2022 18:00




    (Exp. 003051-000016-22) - Atento a la propuesta efectuada por la Comisión Coordinadora del Interior de acuerdo a su resolución N° 412 de 13 de setiembre pasado en relación con la consolidación en los respectivos CENURes de los cargos docentes existentes como consecuencia de los oportunos llamados al Programa "Nuevas Ofertas de Enseñanza - Consolidación y Fortalecimiento",  cuyo texto y antecedentes lucen en el distribuido N° 1080.22:
    1 - Establecer que los cargos docentes del Programa "Nuevas Ofertas de Enseñanza, Consolidación y Fortalecimiento" financiados por CCI mencionados en el resultando II de la resolución aludida, quedarán radicados en el CENUR que corresponda, finalizando en consecuencia la radicación provisoria en los respectivos Servicios.
    2 - Disponer que la radicación establecida por el numeral anterior tendrá por efecto el traspaso del cargo y sus conceptos asociados, correspondiendo al CENUR la gestión académica, administrativa y contable de los mismos.
    3 - Establecer también que serán aplicables para dichos docentes las prescripciones normativas específicas de los Centros Universitarios Regionales, así como las relativas a atribuciones conferidas en la Ordenanza de Delegación de Atribuciones en los Consejos de los Centros Universitarios Regionales respecto del personal docente perteneciente al CENUR.
       Asimismo los Servicios en los que se radicaron provisoriamente los cargos docentes pasarán a tener la calidad de Servicio de Referencia Académica en el marco de lo dispuesto por las Ordenanzas mencionadas.
    4 - a) La migración de los cargos desde el Servicio al CENUR se efectivizará el primero de enero de 2023;
    b) Sin perjuicio de lo establecido en la Disposición Transitoria 13 del Título I del Estatuto del Personal Docente, el CENUR en conjunto con los Servicios realizarán el estudio de la estructura docente de la carrera y definirán los llamados en efectividad que así correspondan;
    c) Los docentes  que accedan a estos cargos en efectividad deberán residir en la región del CENUR correspondiente, salvo excepciones debidamente fundamentadas que deberán ser aprobadas por el Consejo del CENUR;
    d) Los cargos se integrarán en forma transitoria a las estructuras académicas regionales que propongan los Consejos de los CENURes, hasta la creación de los Departamentos Académicos o en caso de corresponder a Departamentos ya creados, o a las Unidades Académicas aprobadas por el CDC en cada caso a propuesta de los CENURES;
    5 - Los CENURes dispondrán de un plazo máximo de un mes a partir de la presente resolución para la presentación de los listados taxativos y nominales de cargos y conceptos asociados a ser trasladados a los efectos de ser aprobadas por este Consejo Directivo Central;
    6 - A partir de esa aprobación, se dispondrán los recaudos correspondientes para efectivizar dichos traslados, iniciando los mismos por la notificación personal a los involucrados.
    7 - Transitoriedad: esta resolución se hará efectiva para el CENUR Noreste cuando disponga de  la capacidad de gestión para hacerse cargo de la administración de los funcionarios docentes aquí comprendidos. La CCI  en conjunto con el CENUR Noreste, informarán a este Consejo sobre el cambio de situación para decidir la fecha en la que se efectivizará la misma.
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