EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA 15 DE JUNIO DE 2004, ADOPTO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:


Número
Fecha
24
15/06/2004 00:00




    (Exp. 051140-011476-02 y adjs.) - VISTO: El recurso jerárquico franqueado por el Consejo de la Facultad de Derecho, interpuesto por el Dr. José Carlos Bordolli, contra la resolución adoptada por el citado órgano (Fs. 6. Exp. Nº 051140-011476-02).
    RESULTANDO: Que a través de dicha resolución, se resolvió: " 1- No hacer lugar al recurso de revocación interpuesto por el Sr. José Carlos Bordolli contra la Resolución Nº 52, de 7 de noviembre de 2002. 2- Franquear el recurso jerárquico al Consejo Directivo Central. 3- Notificar personalmente al recurrente".
    CONSIDERANDO: 1) Que del estudio de estas actuaciones, y conforme a las argumentaciones y fundamentos de derecho expuestos en informe de la Dirección General Jurídica, de fecha 11.11.03, se procedió a acoger el recurso interpuesto por el impugnante, sugiriéndose por tal concepto la remisión de esta tramitación a consideración del Consejo Directivo Central, a efectos de que se proceda a revocar la resolución recurrida.
    2) Que a través del mismo informe, se solicitó fuera notificado de lo actuado, el Dr. James A. Whitelaw.
    3) Que surge de in folios, que con fecha 19.11.03, se cumplió con el requisito formal supra citado, habiendo tomado vista dicho profesional en la fecha referida, y evacuado la misma el 28.11.03.
    4) Que los argumentos esgrimidos en la ocasión por el Dr. James A. Whitelaw, no son compartidos, en virtud de que no se ha dado cumplimiento en obrados, con lo preceptuado en el art. 241 del Estatuto del Personal Docente de la Universidad de la República, en cuanto al pronunciamiento preceptivo del citado Consejo, sobre los méritos francamente suficientes y francamente superiores de los postulantes.
    5) Que dicha Comisión se limitó, en relación al último aspecto mencionado en el párrafo precedente, solamente a puntear la actuación del Dr. James Whitelaw, apreciándose al respecto, un margen de 3.70, entre la puntuación concedida a dicho profesional, y los puntos que le fueron adjudicados al Dr. J. Bordolli.
    6) Que sin perjuicio de lo referenciado anteriormente, los Consejeros de la Facultad de Derecho a la hora de emitir su voto, tampoco se ciñeron a lo preceptuadoen la norma invocada; sino que lo hicieron en base al dictamen emitido por la Comisión Asesora, la que tal como se expresara, se limitó a puntuar los méritos de cada postulante.
    7) Que el hecho de que el Sr. Presidente, así como los restantes Consejeros, fundamenten su decisión en el dictamen de la referida Comisión, y se pronuncien como lo hicieron, sobre los méritos francamente suficientes del Dr. James A. Whitelaw; no constituye una fundamentación acorde a lo previsto en el art. 24º del citado Estatuto, en tanto se invoca como fundamento de la desición, un informe de la Comisión Asesora, que no se pronunció sobre la franca suficiencia y franca superioridad de los aspirantes; estableciendo, como ya se acotara, una puntuación en la que éstos se distancian en 3.70 puntos.
    8) Corresponde mencionarse asimismo, que la franca superioridad, a que refiere la norma, para no proceder al concurso y votar por la designación de uno de los aspirantes, debe ser interpretada conforme a los antecedetentes, como "una superioridad notoria, indudable, entre los méritos de los concursantes".
    ATENTO: 1) A lo antes expuesto, y a lo establecido en el art. 317 de la Constitución de la República, art. 4º de la Ley 15.869, y art. 56º, de la Ley 12.549.
    2) A lo informado por la Dirección General Jurídica. (Distribuido Nº 286/04)
    EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, RESUELVE:

    1) Hacer lugar conforme a los argumentos mencionados, al recurso jerárquico interpuesto por el Dr. José Carlos Bordolli, revocando la Resolución Nº 52, del Consejo de la Facultad de Derecho, de fecha 7 de noviembre de 2002.
    2) Notificar personalmente al interesado la presente resolución.
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