EL CONSEJO EJECUTIVO DELEGADO DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 29 DE NOVIEMBRE DE 2010,


Número
Fecha
8
29/11/2010 00:00




    (Exp. 001000-002755-10) - VISTO: La petición de acceso a la información pública, formulado por el Sr. Alvaro Varela Turini, al amparo de lo previsto en la Ley 18381.
    RESULTANDO: petición, solicita se brinde la siguiente información: a)Si en ámbito de la Universidad de la República existe alguna repartición que imparta cursos que permiten adquirir conocimientos teóricos y prácticos totales del funcionamiento del taller de óptica dedicado a la fabricación de lentes de contacto y como se denomina el título que expide.
    b) Asimismo se me informe si dichos conocimientos son impartidos por instituciones privadas y en tal caso cuales.”
    CONSIDERANDO: 1) Que conforme surge de los arts. 2 y 4 de la citada disposición legal, es información pública toda aquella que emane o esté en posesión de cualquier organismo público, o haya sido producida, obtenida, en poder o bajo control de cualquier organismo público, sea estatal o no,con independencia del soporte en el que estén contenidos, y que no se encuentre comprendida dentro de las excepciones a la información pública (informaciones secretas, reservadas o confidenciales).
    2) Que desde el punto de vista jurídico-formal, la solicitud de información pública formulada por el Sr. Alvaro Varela Turini, se ajusta las previsiones contenidas en la Ley 18381, en la medida que fue planteada por un sujeto titular de tal derecho, ante un destinatario que resulta comprendido en el ámbito normativo aplicable en la especie, en forma escrita y observando los requisitos establecidos.
    3) Desde el punto de vista sustancial, corresponde acceder a lo peticionado, en cuanto a brindar la información pública solicitada,en tanto la misma no reviste el carácter de secreta, reservada o confidencial; observando para ello, lo estipulado en el art. 14 de la ley 18381, en el sentido de que la información a proporcionar debe ser aquélla de la que se dispone al momento de presentar la petición.
    ATENTO: A lo dispuesto en la Ley 18.381 de fecha 27/10/2008, a la Ordenanza de Delegación de Atribuciones en el Consejo Ejecutivo Delegado y lo informado por la Dirección General Jurídica, (distribuido Nº 3031/10).
    EL CONSEJO EJECUTIVO DELEGADO, RESUELVE:

    1) Acceder a brindar la información requerida por el solicitante en el literal a) del escrito de petición, a cuyos efectos se proporcionan los informes de Encargado de la Cátedra de Oftalmología de la Facultad de Medicina, Prof. Agdo. Dr. Marcelo Gallarreta y el Director de la Licenciatura en Oftalmología de la Escuela Universitaria de Tecnología Medica, Lic. Luis Pintos.
    2) No acceder a brindar la información por el solicitante en el literal b) del escrito de petición, en la medida que la Universidad de la República, no se encuentra en condiciones de brindar dicha información por no disponer de la misma.
    3) Notíficar personalmente al interesado.
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