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(Exp. 011020-500917-21) - Atento a lo sugerido por la Comisión Programática Presupuestal en relación con la resolución de este Consejo por la que se decidió asumir los costos de las licencias maternales otorgadas a docentes contratadas en el marco de los Programas CSIC con sus fondos extrapresupuestales, antecedentes que lucen en los distribuidos N° 894 y 1080.21:
1) Dejar sin efecto el numeral 2 de la Resol. 47 adoptada por el CDC con fecha 23/03/2021.
2) Extender lo establecido en el numeral 1 de la Resol. 47 adoptada por el CDC con fecha 23/03/2021 a todos los programas de proyectos financiados con fondos centrales concursables (llamados de las Comisiones Sectoriales, el Espacio Interdisciplinario, la Comisión Coordinadora del Interior, u otros).
3) Encomendar a la Prorrectora de Investigación, con el asesoramiento de la Dirección General Jurídica y de la Dirección General de Administración Financiera, la elaboración de una cláusula para incorporar a las bases de los llamados a todos los programas de proyectos financiados con fondos centrales concursables, tomando en consideración las resoluciones adoptadas por la CSIC sobre este tema y lo resuelto en el numeral anterior.
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