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(Exp. Nº 031130-003912-18) (Dist. Nº 1316/18) - VISTO: la resolución Nº 10 del Consejo de fecha 1.4.09, referida a las solicitudes de cambio de Taller;
CONSIDERANDO: la propuesta elevada por el DEAPA fechada el 15.8.18, solicitando modificar la mencionada resolución del Consejo;
RESUELVE:
Modificar la resolución del Consejo Nº 10 del Consejo de fecha 1.4.09, sustituyéndola por la siguiente:
De acuerdo a lo solicitado por el DEAPA, establecer como criterio general y permanente no aceptar solicitudes de cambio de Taller una vez culminado el período de inscripciones del primer semestre, ni luego del período habilitado para cambios del comienzo del segundo semestre, a excepción de aquellos casos de fuerza mayor, que sean presentados dentro de los primeros 15 días calendario del inicio de cursos debidamente fundamentados. Estas solicitudes en primera instancia llegarán al DEAPA para la aprobación de los Directores de Taller involucrados y luego, si correspondiera, se le dará pase al Sr. Decano para su resolución.
11 votos – unanimidad de presentes.
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