 |
(Exp. 001000-501131-21) - VISTO: La necesidad de contar con un procedimiento claro para tramitar las peticiones de acceso a la información pública, al amparo de lo dispuesto en la Ley N° 18.381.
ATENTO: A lo dispuesto por la citada Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008 y a lo informado por la Dirección General Jurídica.
EL CONSEJO DIRECTIVO CENTRAL, RESUELVE:
1) Apruébese la Instrucción de Servicio “Procedimiento administrativo de las solicitudes de acceso a la información pública (Ley Nº 18.381)”, contenida en el Distribuido N° 1125.21.
2) Delegar en el Sr. Rector y en el Consejo de Gestión la atribución de modificar la Instrucción de Servicio que se aprueba, a los efectos de poder adecuarla a eventuales modificaciones normativas, así como a las distintas realidades que puedan surgir de su aplicación en los diferentes servicios universitarios
3) Comuníquese.
(20 en 20)
|  |